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Elecciones generales: ¿qué ocurre si organizo un viaje y me toca estar en la mesa electoral?
Con las elecciones generales a la vuelta de la esquina y, sobre todo, en pleno periodo vacacional, son muchos los que se preguntan… ¿Qué pasa si me toca mesa electoral y tengo un viaje organizado?
Las elecciones generales son uno de los eventos más importantes en los que los ciudadanos pueden ejercer su derecho al voto. Sin embargo, en ocasiones, surgen situaciones imprevistas que pueden alterar los planes previamente establecidos. Si tienes un viaje previamente organizado para el próximo 23 de julio y has sido seleccionado para ocupar una posición en la mesa electoral, puede que surjan dudas sobre qué hacer en este caso. Te contamos qué sucede en este tipo de situaciones y qué opciones se tienen disponibles.
¿Qué implica ser miembro de mesa electoral?
Ser miembro de mesa electoral es una responsabilidad cívica y una obligación ciudadana que puede ser desempeñada por cualquier ciudadano mayor de 18 años. La mesa electoral es responsable de asegurar el correcto desarrollo del proceso electoral, desde su apertura hasta su cierre.
La labor del miembro de mesa electoral comienza a primera hora de la mañana del día de las elecciones, donde se verificará la apertura del colegio electoral y la correcta instalación de la mesa. Durante todo el transcurso de la jornada electoral, los miembros de mesa entregarán las papeletas y atenderán a los votantes que acudan al colegio electoral, supervisando la correcta realización del proceso y garantizando su transparencia.
Tras el cierre de las mesas, deberán efectuar el recuento y realizar las actas de escrutinio, procediendo posteriormente a trasladar las mismas al punto de recuento de los datos electorales.
Responsabilidades y deberes de un miembro de mesa electoral
Los miembros de mesa electoral son un componente fundamental en el desarrollo de cualquier proceso electoral, ya que son los encargados de garantizar que los votos de los ciudadanos se realicen de manera correcta. Entre las responsabilidades y deberes de los miembros de mesa electoral se encuentran:
- La obligación de acudir al recinto electoral el día de la votación y cumplir con su función desde la apertura hasta el cierre de las mesas. Además, son responsables de verificar la identidad de los votantes, entregar las papeletas de votación y velar por la correcta introducción de los votos en las urnas.
- Por otro lado, deben mantener el orden y la transparencia en todo momento, controlando que no exista ninguna situación que suponga un impedimento para el normal desarrollo de la jornada electoral. También deben estar atentos a las necesidades especiales de los votantes y asegurar que se cumplan las normas establecidas por la Junta Electoral Central.
- En caso de que un miembro de mesa electoral no pueda asistir, puede solicitar una excusa fundamentada, la cual debe ser aceptada o rechazada por la Junta Electoral de Zona correspondiente. Es importante mencionar que las excusas deben tener un motivo justificado, como enfermedad, viaje programado, cuidado de un familiar, entre otros.
Motivos justificados para solicitar la exención de la mesa electoral
Existen ciertos motivos justificados por los cuales un ciudadano podría solicitar la exención de su participación como miembro de la mesa electoral en las elecciones generales. Estos se encuentran estipulados en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General y en la Instrucción 6/2011 de la Junta Electoral Central.
Los impedimentos y excusas para ejercer como miembro de la mesa electoral incluyen situaciones como enfermedad, discapacidad, edad avanzada o embarazo. Asimismo, también se permite la exención en caso de tener que cuidar a una persona enferma o con discapacidad, o en caso de que sea necesario desempeñar un trabajo esencial para la comunidad.
Para solicitar la exención, el ciudadano deberá presentar la documentación necesaria que demuestre su situación particular ante la mesa electoral correspondiente en un plazo de siete días desde la notificación de su designación como miembro. En caso de ser aceptada su solicitud, deberá presentar un sustituto que cumpla con los mismos requisitos para ocupar su lugar en la mesa.
Es importante recalcar que la participación como miembro de la mesa electoral es una obligación, y solo deberá ser excusada en caso de verdadera necesidad. Sin embargo, la ley ampara a aquellos ciudadanos que por situaciones particulares no puedan cumplir con dicha responsabilidad.
Justificación para no asistir a la mesa electoral por motivos de viaje
Es posible justificar su ausencia ante la Delegación Provincial del Censo Electoral. Para ello, se deberá presentar un escrito en el que se explique claramente la situación que motiva la ausencia. Además, será necesario incluir la copia del billete o reserva del viaje y la justificación del alojamiento donde se hospedarán. La justificación por motivos de viaje deberá ser presentada, tal y como hemos comentado, en un plazo de siete días tras la notificación de la designación como miembro de la mesa electoral.
Es importante tener en cuenta que la justificación por motivos de viaje solo será válida si el viaje está previsto para la fecha de la votación y no es posible modificarlo por motivos ajenos a la voluntad del ciudadano. Además, en ningún caso se permitirá justificar la ausencia por motivos de viajes de placer o turismo.
En caso de que la justificación sea aceptada y validada por la Delegación Provincial del Censo Electoral, el ciudadano no será sancionado por su ausencia en la mesa electoral. No obstante, si el ciudadano no presenta la justificación o esta es rechazada, deberá cumplir con sus obligaciones como miembro de la mesa electoral y, en caso de no presentarse, se enfrentaría a sanciones económicas.
Alternativas y opciones para cumplir con la responsabilidad electoral
Ante la imposibilidad de asistir a la mesa electoral por un viaje programado, es importante conocer las alternativas y opciones que existen para cumplir con la responsabilidad electoral.
En primer lugar, es importante destacar que para que el motivo de ausencia sea considerado como justificado, el viaje debe tener un carácter inaplazable y no ser de placer o turismo.
Si no se es miembro de mesa electoral, pero se tiene que votar y el día de las elecciones no se podrá asistir al colegio electoral correspondiente, se pueden tomar diversas opciones para cumplir con la responsabilidad electoral. Por ejemplo, se puede solicitar el voto por correo, el cual permite emitir el voto desde cualquier lugar del mundo y enviarlo por correo certificado a la mesa electoral correspondiente.
Otra opción es delegar el voto en otra persona mediante la solicitud de una autorización especial, que se puede realizar en el plazo establecido por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Esta opción se puede utilizar en caso de enfermedad, discapacidad o cualquier otro motivo justificado.
Cambio de fecha del viaje
Si el viaje puede ser postergado o cancelado, es recomendable hacerlo para poder cumplir con la responsabilidad ciudadana de participar en las elecciones y colaborar en el correcto desarrollo del proceso electoral. Si tienes dudas sobre cómo justificar tu ausencia, puedes consultar la información disponible en la página web de la Junta Electoral Central y/o en la guía de dudas para las elecciones generales del año 2023, elaborada por el Gobierno de España.
Reembolso de gastos relacionados con el viaje cancelado
Para solicitar el reembolso de los gastos del viaje debes contactar directamente con la compañía de transporte o entidad responsable para verificar sus políticas de reembolso y los procedimientos a seguir en estos casos. Además, es aconsejable conservar toda la documentación relacionada con el viaje, como billetes, comprobantes de hotel, entre otros, para facilitar el proceso de reclamación del reembolso.