Título
¿Quién puede solicitar el bono social de electricidad?
Texto introducción

La factura eléctrica es uno de los mayores gastos que tienen que asumir las familias. Según el estudio ‘Consumo de Energía en España 2018’, elaborado por Fintonic, los hogares españoles pagaron el año pasado 970 euros de media en concepto de luz y de gas. Un coste que no todos los bolsillos pueden asumir. Por ello, quienes se encuentren en esta situación, tienen la posibilidad de solicitar el bono social de electricidad.   El bono social de electricidad es un descuento en la factura eléctrica y está regulado por el Gobierno. Los consumidores que cumplan una serie de requisitos, pueden acogerse a:  

  • Descuento de un 25% para consumidores vulnerables.
  • Descuento de un 40% para consumidores vulnerables severos.
  • Consumidores en riesgo de exclusión social atendidos por los servicios sociales de una administración autonómica o local que paguen al menos el 50 por ciento de la factura, no tendrán que hacer frente al pago de la factura eléctrica.

  Requisitos para solicitar el bono social de electricidad Para poder acogerse a esta bonificación es necesario cumplir una serie de requisitos. En todos los casos, se debe tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) en la vivienda. Se trata del contrato eléctrico establecido por el Gobierno en el que lo pagado por la electricidad consumida es directamente el precio de la energía que resulta del mercado, más impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales. Éste sólo puede contratarse si se tiene una potencia contratada igual o inferior a 10kW.   Además de tener contratado el PVPC, veamos qué otros requisitos se requieren:  

  • Para ser consumidor vulnerable y acogerse al 25% de descuento se debe cumplir alguno las siguientes condiciones:
    • Que su renta o la renta conjunta anual de la unidad familiar a que pertenezca sea:
      • ≤ 1,5 x IPREM de 14 pagas, si no hay ningún menor en la unidad familiar: 279€.
      • ≤ 2 x IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya 1 menor en la unidad familiar: 039€
      • ≤ 2,5 x IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya 2 menores en la unidad familiar: 799€
    • Estar en posesión del título de Familia Numerosa.
    • Que el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad familiar sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente), percibiendo por ello la cuantía mínima vigente en cada momento, para dichas clases de pensión, y no percibir otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.

 

  • Para ser consumidor vulnerable severo y obtener un descuento del 40% se debe cumplir algunos de los siguientes requisitos:
    • Percibir una renta anual ≤ 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable, incluyendo, en su caso, el incremento previsto para los casos en los que concurran las ‘circunstancias especiales’.
    • Si es una familia numerosa, la unidad familiar debe percibir una renta anual ≤ 2 x IPREM de 14 pagas: 15.039€.
    • Si el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad familiar perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, el consumidor o la unidad familiar a la que pertenezca debe percibir una renta anual ≤ 1 x IPREM de 14 pagas: 7.520€. tabla condiciones bono social electricidad

Bono social de electricidad y familias numerosas Si eres familia numerosa y dispones del título que te acredita como tal, puedes solicitar el bono social de electricidad. Se te aplicará un descuento del 25 por ciento sobre el total del consumo. Porcentaje que varía si, además, te encuentras en situación de vulnerabilidad o vulnerabilidad severa.   Como bien sabes, toda ayuda es poca para afrontar los gastos que supone ser familia numerosa. No sólo en lo que a electricidad se refiere, sino en educación, vivienda, transporte… Por ello, si lo eres, puedes acogerte a distintas ayudas para familias numerosas.   ¿Cómo puedo solicitar el bono social? Lo primero y más importante es que sepas que la solicitud de este bono es gratuita. Se puede solicitar en las comercializadoras eléctricas que te mostramos a continuación, bien por teléfono, por correo electrónico, ordinario o incluso por fax. Las compañías no sólo están obligadas a ofrecerlo, sino también a financiarlo.

  • Endesa Energía XXI, S.L.U.
  • Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U.
  • Comercializadora regulada, GAS & POWER, S.A.
  • EDP Comercializadora de Último Recurso, S.A.
  • Régsiti Comercializadora de Referencia S.L.U.
  • CHC Comercializador de Referencia S.L.U.
  • Teramelcor, S.L. (Melilla)
  • Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Comercialización de Referencia, S.A. (Ceuta)

Estar en posesión del bono social de electricidad, también conlleva otra serie de beneficios. Entre ellos, el usuario dispone de facturas más claras, en las que se paga por la electricidad consumida, sin incluir otros productos o servicios adicionales; cuentan con un periodo más prolongado para hacer frente a las facturas impagadas y tampoco se puede interrumpir el suministro en caso de impago en aquellos hogares en los que haya al menos al menos un menor de 16 años, o en los que el consumidor o uno de los miembros de su unidad familiar sea persona con discapacidad igual o superior al 33% o con grado de dependencia II o III, previo certificado expedido por los servicios sociales de las Administraciones Públicas competentes.   Con el bono social de electricidad los consumidores más vulnerables cuentan con una mayor protección.

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El bono social de electricidad es un descuento en la factura de la luz regulado por el Gobierno. A él pueden acogerse consumidores vulnerables y todas las familias numerosas

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